A pocas horas de presentar la proforma presupuestaria para 2027, el presidente Daniel Noboa emitió el decreto ejecutivo 527 que declara la excepcionalidad para financiar gastos permanentes de salud, educación y justicia con ingresos no permanentes del Estado. La disposición se aplicará al Presupuesto General del Estado del próximo año.
Se trata del segundo año en el que el mandatario recurre a esta medida. En 2026 también declaró con el decreto 199 la "excepcionalidad para financiar los egresos permanentes para salud, educación y justicia, con ingresos no permanentes, para el Presupuesto General del Estado", según consta en el Registro Oficial.
La Proforma Presupuestaria para 2027 se debe entregar hasta las 00:00 del 31 de octubre del año en curso a la Asamblea Nacional.
¿Qué establece el decreto de Daniel Noboa?
La medida se sustenta en informes emitidos por el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, según establece el artículo 1 del documento.
El decreto dispone que el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, como ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas, incorpore esta excepcionalidad en el Presupuesto General del Estado de 2027.
La disposición permite que los gastos permanentes destinados a salud, educación y justicia puedan financiarse con ingresos no permanentes.
Los gastos permanentes corresponden a obligaciones que el Estado debe cubrir de manera continua, como salarios. Mientras que los ingresos no permanentes son recursos que no se reciben de forma regular y pueden responder a:
- Ingresos petroleros: Recursos obtenidos por la venta de petróleo y sus derivados.
- Desembolsos de créditos: Recursos provenientes de endeudamiento público o financiamiento externo.
- Venta de activos: Fondos obtenidos por la enajenación de activos públicos o bienes improductivos.
- Transferencias y donaciones extraordinarias: Aportes temporales que no constituyen una fuente fija de financiamiento.
Esta excepcionalidad está contemplada en el artículo 286 de la Constitución ecuatoriana, que establece como regla general que los egresos permanentes deben financiarse con ingresos permanentes, pero permite excepciones para salud, educación y justicia.
¿Cómo se verificará el cumplimiento de la medida?
El artículo 3 faculta al Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo a expedir, de ser necesario, la normativa para elaborar, emitir y verificar los reportes de información presupuestaria.
Además, la disposición general establece que el cumplimiento de la excepcionalidad se verificará mediante reportes consolidados de la proforma y de la liquidación presupuestaria.
El decreto encarga su ejecución al Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo y establece que entrará en vigencia desde su suscripción, el 29 de octubre de 2026, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.