El pleno del Consejo de la Judicatura destituyó este martes 27 de octubre de 2027 a dos jueces de la sala Laboral de la Corte de Guayas. Se trata de Ivonne Núñez y Francisco Morales, quienes tenían una extensa trayectoria. El tema estaba por caducar el jueves 29 de octubre de 2026.
Según el informe analizado por el pleno del Consejo de la Judicatura, los jueces destituidos habrían incurrido en la infracción disciplinaria contemplada en el artículo 109, numeral 7 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).
¿Cuál fue la infracción atribuida a Ivonne Núñez y a Francisco Morales?
Según el Consejo de la Judicatura, los jueces habrían desnaturalizado la garantía jurisdiccional al aceptar una acción de protección. La Corte Constitucional consideró esto un error grave e inexcusable, ya que no respondió a una interpretación razonable de la Constitución y de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
La Judicatura afirmó que no existía fundamento jurídico válido para utilizar la acción de protección con el fin de reclamar obligaciones contractuales de naturaleza patrimonial, ni para sustentar la vulneración de derechos de una persona jurídica en un derecho intrínseco de la dignidad humana.
El informe que recomendó la destitución de Ivonne Núñez y de Francisco Morales
El informe aprobado por el pleno del Consejo de la Judicatura detalla que los jueces destituidos emitieron un informe de mayoría en la acción de protección de noviembre de 2021 y negaron la apelación presentada por la empresa pública Correos del Ecuador en liquidación. Los jueces acogieron la demanda de una empresa, declarando vulnerados los derechos a la seguridad jurídica y a la libertad de trabajo por falta de pago de $500.000 USD, derivado de un convenio de alianza estratégica.
La Corte Constitucional sobre la desnaturalización de la acción de protección
En una sentencia del 4 de diciembre, la Corte Constitucional (CC) aceptó una acción extraordinaria de protección y anuló el fallo de mayoría de los jueces laborales. Declaró la existencia de error inexcusable y determinó que hubo desnaturalización de la acción de protección al emplearla como mecanismo de cobro para controversias de materia contractual. Dicha situación era potestad de la justicia ordinaria contenciosa administrativa, al justificar indebidamente las pretensiones de la persona jurídica bajo el derecho a la libertad de trabajo.
El informe, elaborado el 7 de octubre de 2026 por la directora de la Judicatura en Guayas, declaró a Núñez y Morales responsables de incurrir en una acción disciplinaria y actuar con error inexcusable, tal como lo declaró la Corte Constitucional en diciembre de 2025.
Se impuso a los dos jueces la destitución de sus cargos. Se remitirán copias de lo resuelto a la dirección de Talento Humano del Ministerio de Trabajo para que registre la inhabilidad especial para ejercer puestos públicos.
La respuesta de la exjueza Ivonne Núñez
La exjueza y exministra de Trabajo del gobierno del presidente Daniel Noboa señaló a Diario HOY que "las destituciones por error inexcusable que efectúa el Consejo de la Judicatura son parecidas a las suelas de los zapatos, porque aplastan las razones jurídicas que deben existir para aquello y cumplir con lo dicho por la Corte Constitucional".
Mencionó que una declaratoria previa no es destitución per se y que el mismo Consejo inaplica sus mismas decisiones en las que con este tipo de declaratoria han confirmado estado de inocencia o han aplicado proporcionalidad. La exjueza no se quedará de brazos cruzados con la resolución y anunció una demanda ante el Contencioso Administrativo.