La tarde del jueves 5 de noviembre de 2026, el juez Geovanny Freire dictó el auto de llamamiento a juicio en el caso MagnicidioFV para el exministro del Interior José Serrano, el empresario Xavier Jordán, el exasambleísta correísta Ronny Aleaga, Daniel Salcedo, Wilmer Chavarría, Luis Arboleda y Ángel Aguilar.
Ellos fueron acusados por la Fiscalía como presuntos autores mediatos del asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio. Sin embargo, de los siete procesados llamados a juicio, solo cuatro serán juzgados. En la audiencia preparatoria, el juez Freire distinguió la situación de las personas procesadas que se encuentran a disposición de la justicia de aquellas cuya presencia física no ha podido asegurarse para la etapa de juzgamiento.
¿Por qué solo cuatro enfrentarán juicio?
El juez Freire explicó que el artículo 563, numeral 14 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que cuando una persona procesada se encuentra prófuga después de resuelta la etapa de acusación y preparatoria de juicio, el inicio del proceso se suspende hasta que sea detenida o comparezca voluntariamente. El numeral 15 del mismo artículo dispone que si existen varios procesados y uno está prófugo mientras los otros están presentes, el juicio continúa para estos últimos.
Se dictaron órdenes de prisión preventiva, pendientes de ejecución en Ecuador, para tres procesados: Wilmer Chavarría, Ronny Aleaga y Xavier Jordán. El juez los declaró prófugos para los efectos procesales. Para ellos, la etapa de juicio se suspenderá hasta que sean detenidos o se presenten de manera voluntaria. Xavier Jordán se encuentra actualmente detenido en Estados Unidos por temas migratorios.
La suspensión no afectará el inicio del juzgamiento del exministro del Interior José Serrano, preso en la cárcel El Encuentro; Daniel Salcedo (extraditado a Estados Unidos el 29 de octubre); Luis Arboleda; y Ángel Aguilar, anunció el juez. El caso será sorteado para ser llevado por un tribunal penal.
¿Cuál fue la participación los procesados en el Caso MagnicidioFV?
El juez detalló los elementos presentados por la Fiscalía en el dictamen contra los siete procesados, delineando la presunta participación de cada uno en el Caso MagnicidioFV.
En el caso de José Serrano la mención de su nombre aparece en el testimonio del expolicía y testigo protegido de la Fiscalía Ronald Herrera sobre la entrega de información de vigilancia y seguimiento a la rutina de Fernando Villavicencio. El nombre del exministro aparece dentro de la conclusión general sobre presuntas actuaciones de planificación, financiación, intermediación, dirección y coordinación del asesinato de Villavicencio. La Fiscalía presentó 49 elementos para señalarlo como presunto planificador al haber contribuido a ejecutar el crimen al conseguir y entregar información policial privilegiada de las rutinas del candidato.
De Xavier Jordán, según la Fiscalía, se presentaron 42 elementos que lo acusarían como presunto instigador y agente decisor al haber impulsado la iniciativa criminal en represalia por las denuncias que Fernando Villavicencio presentó en su contra por presunta corrupción. Una referencia de Jordán apareció en los chats de los dispositivos del narcotraficante Leandro Norero en donde se habría hablado de seguimientos y vigilancias a Villavicencio y una posible planificación.
De Ronny Aleaga existirían al menos 50 elementos recabados por la Fiscalía y presentados en la audiencia preparatoria de juicio y le atribuirían la articulación político criminal. Eso es, un nexo entre el entorno político, la estructura criminal y los operadores financieros y ejecutores.
La Fiscalía atribuye a Wilmer Chavarría una presunta intervención en la dirección y coordinación de la estructura criminal Los Lobos, relacionada con la decisión de ejecutar el asesinato. La hipótesis incluye la supuesta participación de integrantes de esa organización en la contratación y coordinación de los ejecutores materiales. El juez indicó que se examinaron declaraciones, actuaciones policiales, documentación vinculada con el grupo criminal y diligencias de cooperación penal internacional, que incluye una versión recibida en España.
La acusación para Luis Arboleda le atribuye una posible intervención en actividades de intermediación económica y coordinación logística vinculadas con la contratación de personas que habrían participado en la ejecución material del asesinato. La hipótesis también menciona actuaciones como operador criminal y referencias a la movilización de dinero destinado a facilitar el atentado. Entre los elementos examinados constan documentos, registros relacionados con personas vinculadas a la estructura criminal e información dirigida a reconstruir los mecanismos de comunicación y coordinación.
Finalmente, Ángel Aguilar habría intervenido en la coordinación operativa de integrantes de Los Lobos relacionados con la ejecución del atentado. Su presunta función fue en la articulación de personas y recursos destinados a la ejecución del asesinato. La resolución menciona actuaciones de criminalística, información digital e informes investigativos sobre comunicaciones y actividades atribuidas a personas vinculadas con la organización.
A Daniel Salcedo la Fiscalía le atribuye una presunta intervención en actividades de seguimiento, transmisión de información y contacto con personas relacionadas con la ejecución material del asesinato. Los antecedentes examinados por el juez se refieren a actuaciones que la acusación vincula con la circulación de información sobre la víctima y con supuestos mecanismos de coordinación anteriores al atentado.
¿Qué pasa con las medidas cautelares dictadas en el caso?
El juez Freire indicó que la finalidad de las medidas cautelares personales y reales es garantizar la comparecencia de las personas procesadas, asegurar el desarrollo del procedimiento y permitir el cumplimiento de las decisiones judiciales. La prisión preventiva es la medida excepcional y la justificación exige verificar la insuficiencia de medidas alternativas para neutralizar los riesgos procesales identificados. Ratificó la prisión preventiva para los siete llamados a juicio: José Serrano, Xavier Jordán, Daniel Salcedo, Ronny Aleaga, Wilmer Chavarría, Ángel Aguilar y Luis Arboleda.
Mantuvo vigentes las órdenes de localización y captura de Ronny Aleaga, Xavier Jordán y Wilmer Chavarría y ordenó que se oficie a la Policía y a Interpol y se ponga en su conocimiento la resolución judicial. Dispuso la prohibición de enajenar los bienes y la retención de cuentas para el aseguramiento patrimonial y aseguró que el fallo no constituyen una declaración anticipada de responsabilidad penal o civil. Mantuvo y ratificó las medidas de protección dispuestas, cuya necesidad subsista debiendo las autoridades competentes garantizar su cumplimiento. El caso irá a sorteo para que un tribunal conozca la etapa de juicio y destruya o ratifique la inocencia de los acusados.