viernes 23 de octubre de 2026
Delito sexual

Padrastro es sentenciado a 13 años de prisión por abuso sexual en Orellana

La Fiscalía sentenció a un hombre por el delito de abuso sexual contra su hijastra menor de edad, este 23 de octubre, después de un año.

En pocas palabras

  • Padrastro sentenciado: Jefferson R. fue condenado a 13 años y 4 meses de prisión por abuso sexual contra su hijastra de siete años en Orellana.
  • Pruebas clave: La sentencia se sustentó en testimonios, valoraciones médico-legales y el relato de la menor sobre las lesiones.
  • Marco legal: La condena se basó en el artículo 170 del COIP sobre abuso sexual a menores de 14 años.
Resumen generado por Thinkindot AI

Jefferson R. de 50 años fue sentenciado este 23 de octubre a 13 años y cuatro meses de prisión por abuso sexual contra su hijastra, de siete años, en Orellana. La Fiscalía General del Estado informó que la condena se sustentó en las pruebas presentadas durante el juicio. El fallo también establece una reparación económica para la víctima.

Las pruebas que sustentaron la sentencia por abuso sexual

Los hechos ocurrieron la madrugada del 16 de octubre de 2025. Según la Fiscalía General del Estado, la investigación permitió reunir testimonios, valoraciones médico-legales y declaraciones que fueron presentados durante el juicio para sustentar la acusación contra el sentenciado.

Horas después de lo ocurrido, la niña le contó a su madre que sentía dolor en el cuerpo y señaló a su padrastro como responsable. La mujer la llevó a un centro de salud para que recibiera atención médica. Durante la consulta, la menor volvió a relatar lo sucedido y el médico alertó a las autoridades al identificar un posible delito de naturaleza sexual.

La Fiscalía señaló que, durante la atención médica, la madre había puesto en duda el relato de la niña. Posteriormente, la médica legista expuso ante el Tribunal las lesiones dolorosas que identificó durante su evaluación y explicó que, en el examen médico legal realizado en presencia de la madre, la menor volvió a identificar al agresor.

Otro de los elementos valorados fue el testimonio anticipado de la niña. De acuerdo con la Fiscalía, este relato fue concordante con la información recogida por las peritas durante sus entrevistas y con las declaraciones de los demás testigos. El Tribunal analizó estos elementos en conjunto para emitir la sentencia condenatoria.

La resolución judicial establece una pena de 13 años y cuatro meses de prisión por abuso sexual, además del pago de una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados y 2.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.

¿Qué establece el COIP sobre el abuso sexual en Ecuador?

La Fiscalía indicó que la conducta fue sancionada con base en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla el delito de abuso sexual cuando la víctima es menor de 14 años. El fallo también considera el derecho a la integridad personal, reconocido en el artículo 66, numeral 3, de la Constitución de Ecuador, y la obligación estatal de proteger a niñas, niños y adolescentes frente a la violencia, conforme al principio del interés superior del niño.

Los casos de violencia sexual contra menores también han derivado en otras sentencias en Ecuador. En Quito, otro hombre recibió una condena de 22 años por violación contra una menor de edad

SEGUIR LEYENDO