miércoles 14 de octubre de 2026
Ecuador

¿Qué es y qué incluye el toque de queda anunciado por el presidente Daniel Noboa para noviembre?

Daniel Noboa anunció un toque de queda en la Costa, que regirá del 1 al 10 de noviembre de 2026 como parte del plan para combatir el crimen organizado.

En pocas palabras

  • Toque de queda: El Presidente Daniel Noboa anunció restricciones de circulación en provincias de la Costa.
  • Objetivo: La medida busca combatir organizaciones criminales mediante operativos especiales.
  • Consecuencias: Incumplir la disposición puede acarrear sanciones de uno a tres años de cárcel.
Resumen generado por Thinkindot AI

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, anunció este miércoles 14 de octubre de 2026 que se aplicará un nuevo toque de queda en las provincias de la Costa. Esta sería la cuarta ocasión que se aplica esta medida en el año, buscando combatir organizaciones criminales.

Esta medida de restricción regirá del 1 al 10 de noviembre con el objetivo de llevar a cabo operativos especiales, según indicó el Primer Mandatario en una entrevista radial desde Tungurahua.

Aunque Noboa no dio detalles sobre la expedición del Decreto o las provincias que estarán bajo la restricción del toque de queda. Sin embargo, esta medida se anuncia en medio de un plan de seguridad que busca combatir las organizaciones criminales.

Según Noboa, el último toque de queda, que fue aplicado entre el 17 y 30 de septiembre, de medianoche a 5:00, en las provincias del Guayas, Los Ríos, Manabí y El Oro, tuvo como resultado una disminución del 40% de la delincuencia.

¿Qué es el toque de queda?

El toque de queda es una restricción temporal a la libertad de tránsito que se aplica mediante Decreto Ejecutivo en Ecuador.

Esta medida impide a las personas circular en el espacio público durante el horario dispuesto en el Decreto. Cuando su motivación es la seguridad suele restringirse la circulación durante la noche y madrugada.

El toque de queda debe aplicarse dentro de un estado de excepción. De acuerdo con el artículo 164 de la Constitución ecuatoriana, solo el Presidente está facultado a decretar esta medida en todo el territorio nacional o en zonas específicas en casos de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural.

Solo durante el estado de excepción el Mandatario puede suspender o limitar el ejercicio de ciertos derechos específicos, entre ellos, la libertad de tránsito.

Sanciones por incumplir el toque de queda

Incumplir el toque de queda se sanciona con cárcel. Según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), incumplir una disposición legítima de autoridad competente es un delito.

Quienes incumplan la medida podrían ser aprehendidos y trasladados a una unidad judicial. Luego del respectivo proceso, podrían enfrentar una sanción de uno a tres años de cárcel.

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