El presidente Daniel Noboa firmó este jueves 15 de octubre el Decreto Ejecutivo 519, que establece las condiciones para aplicar el toque de queda en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos y Manabí, una medida que el Gobierno había anunciado previamente.
El documento, suscrito en Manta, incorpora la suspensión del derecho a la libertad de tránsito al Decreto Ejecutivo 498, del 15 de septiembre de 2026, y determina cómo se ejecutarán los controles y qué actividades podrán mantenerse durante la restricción.
¿Desde cuándo regirá el toque de queda?
La medida se aplicará del 1 al 10 de noviembre de 2026, entre las 00:00 y las 05:00, en las cinco provincias contempladas en el decreto.
La disposición entrará en vigencia a las 00:00 del domingo 1 de noviembre, según establece el documento presidencial.
Policía durante un control nocturno en el toque de queda en Ecuador.
EFE
¿Qué excepciones contempla el decreto?
Los controles deberán ejecutarse de manera racional y proporcional, considerando las circunstancias particulares de cada persona y las situaciones de necesidad o emergencia que justifiquen su movilización.
El decreto también garantiza la continuidad de las siguientes actividades:
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Administración de justicia.
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Prestación de servicios públicos.
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Funcionamiento de sectores estratégicos.
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Labor periodística de los medios de comunicación.
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Actividades de la Defensoría del Pueblo.
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Trabajo de organismos internacionales acreditados en Ecuador.
Estas actividades deberán desarrollarse sin interferir con los operativos de seguridad ni comprometer la integridad del personal que participa en ellos.
¿Quiénes estarán a cargo de los controles?
Las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los agentes de tránsito coordinarán las acciones de control durante el horario restringido, dentro de sus respectivas competencias.
La ejecución del decreto estará a cargo de los ministerios de Defensa Nacional y del Interior, en coordinación con las instituciones correspondientes.
Además, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos coordinará con el Ministerio del Interior los mecanismos para permitir la movilización de personal y vehículos destinados a la atención de emergencias relacionadas con la época lluviosa.
Finalmente, el Ejecutivo dispuso notificar la medida a la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA).