En las elecciones seccionales 2026, previstas para el 29 de noviembre, los ciudadanos podrán ingresar a los recintos electorales con sus celulares, pero no podrán fotografiar su voto.
El CNE mantiene una restricción para el uso de dispositivos móviles durante las elecciones seccionales del 29 de noviembre. La normativa contempla sanciones.
En las elecciones seccionales 2026, previstas para el 29 de noviembre, los ciudadanos podrán ingresar a los recintos electorales con sus celulares, pero no podrán fotografiar su voto.
Así lo confirmó José Cabrera, presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), durante la instalación de la Mesa de Seguridad Electoral, el 15 de septiembre. “Pueden ingresar con sus dispositivos móviles, pero tomar fotografías está prohibido”, señaló.
El funcionario explicó que la resolución del pleno del CNE que estableció esta medida continúa vigente y “no ha sufrido ninguna modificación”.
La prohibición consta en la Resolución PLE-CNE-2-13-3-2025, aprobada por el organismo electoral en marzo de 2025. La disposición restringe el uso de dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos durante el acto del sufragio.
La Corte Constitucional revisó posteriormente la resolución y precisó su alcance. La restricción rige desde que el elector recibe las papeletas hasta que las deposita en las urnas. Durante ese momento no se pueden utilizar dispositivos para fotografiar o grabar el voto.
La Corte también determinó que la medida no impide que una persona ingrese al recinto electoral con su celular.
El artículo 279 del Código de la Democracia tipifica como infracción electoral muy grave incumplir las órdenes legítimas emitidas por los órganos electorales competentes. Es decir, la normativa establece multas de 11 a 50 salarios básicos unificados, además de la destitución y/o suspensión de los derechos de participación hasta por un año.
Con el Salario Básico Unificado (SBU) de 482 dólares vigente en 2026, el rango de la multa va de 5.302 a 24.100 dólares.
Sin embargo, esos valores no constituyen una multa automática por tomar una fotografía del voto. La eventual responsabilidad y la sanción deben ser determinadas por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE)
La restricción también llegará al escrutinio. Cabrera explicó que desde las 17:00 los integrantes de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) no podrán utilizar sus dispositivos móviles mientras realizan el conteo y llenan las actas.
Habrá una excepción. Uno de los miembros podrá utilizar un celular como calculadora para realizar las operaciones necesarias durante el escrutinio.
La disposición busca, según explicó Cabrera, que los integrantes de las juntas se concentren en el conteo de votos y el llenado de las actas.


