Colombia entró oficialmente en un período de riesgo de desabastecimiento de energía eléctrica y, como parte de las medidas preventivas para proteger su sistema, restringió las exportaciones hacia Ecuador mediante las Transacciones Internacionales de Electricidad de Corto Plazo (TIE).
La medida comenzó a aplicarse para la operación del 7 de septiembre de 2026, después de que la Comisión de Regulación de Energía y Gas de Colombia (CREG) activara el mecanismo para el sostenimiento de la confiabilidad de su sistema eléctrico.
Pero entrar en riesgo de desabastecimiento no significa que Colombia se haya quedado sin energía ni que haya iniciado racionamientos. La CREG señala que se trata de una medida preventiva ante el riesgo de que, bajo determinadas condiciones, el sistema no pueda atender completamente su demanda eléctrica.
La decisión está sustentada en la Resolución CREG 101 127 de 2026, expedida el 27 de agosto, que adoptó medidas transitorias para asegurar el abastecimiento de energía ante el fenómeno de El Niño 2026-2027.
¿Qué significa que Colombia esté en riesgo de desabastecimiento?
La propia resolución define el “período de riesgo de desabastecimiento” como aquel en el que existe riesgo de que la demanda de energía eléctrica del Sistema Interconectado Nacional colombiano no pueda ser atendida.
La declaratoria se concretó mediante la Circular CREG 343 del 5 de septiembre de 2026, luego de que el Centro Nacional de Despacho (CND) identificara una condición de alerta y las autoridades analizaran la situación energética del país.
Entre los indicadores considerados están los aportes hídricos, que acumulaban cuatro meses consecutivos por debajo de la media histórica. En junio llegaron al 76,6 % de la media; en julio, al 78,8 %; y en agosto bajaron al 74,5 %.
Además, al 3 de septiembre, el nivel real del embalse parcial del sistema se encontraba en 83,22 %, por debajo del umbral establecido para activar las medidas. El análisis también determinó que la generación térmica promedio de los siete días anteriores estaba por debajo del nivel mínimo requerido por el mecanismo.
¿Qué pasa con la energía que Colombia envía a Ecuador?
Una de las consecuencias de la activación de este período está directamente relacionada con las exportaciones de electricidad. El artículo 14 de la Resolución CREG 101 127 determina que, durante el período de riesgo de desabastecimiento, las exportaciones mediante TIE deben realizarse bajo las reglas especiales establecidas en el Anexo 3 de la normativa.
La principal condición es que Colombia debe atender primero la totalidad de su demanda interna. Solo después podrá exportar energía eléctrica y exclusivamente para suplir generación de seguridad en el país importador, utilizando recursos que no sean necesarios para cubrir la demanda colombiana.
Entre esos recursos están la generación de plantas solares y eólicas, plantas hidráulicas que se encuentren en condición de vertimiento y plantas térmicas que operen con combustibles líquidos, bajo las condiciones determinadas por la regulación.
Además, la resolución establece que ninguna exportación podrá comprometer el valor mínimo de generación térmica que Colombia necesita mantener durante el período de riesgo.
Colombia exportaba 7 GWh diarios antes de activar las medidas
La Circular 343 también permite dimensionar los intercambios que se estaban realizando antes de que entraran en vigencia las restricciones.
Durante los siete días anteriores al análisis, Colombia registró una generación térmica promedio de 71,5 GWh diarios destinada a atender su demanda nacional, mientras que las exportaciones de electricidad alcanzaron 7 GWh por día.
Tras analizar estos indicadores y las recomendaciones del Centro Nacional de Despacho y del Consejo Nacional de Operación, la CREG activó formalmente el mecanismo de sostenimiento de la confiabilidad.
El período de riesgo permanecerá vigente hasta que se cumpla alguna de las condiciones establecidas en la Resolución CREG 101 127 para darlo por terminado. Mientras tanto, el Centro Nacional de Despacho evalúa diariamente los indicadores del sistema eléctrico colombiano.